LA CONVOCATORIA, SE SUFRAGA CON FONDOS NEXT GENERATION EU, A TRAVÉS DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA, ESTÁ DOTADA CON UN MILLÓN DE EUROS Y EL OBJETIVO ES GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO.
Desde la Agencia de Desarrollo Local de Torrelavega, queremos informaros de la publicación en el BOC, el pasado viernes 28 de abril, de la Orden EPS/10/2023, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba una convocatoria de subvenciones públicas destinadas a la financiación de las inversiones del Componente 23 Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el ejercicio 2023.
Esta Orden regula las bases y aprueba la convocatoria para la concesión de las subvenciones públicas que permitan desarrollar las inversiones incluidas en el subproyecto «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» en esta Cantabria, siendo la Consejería de Empleo y Políticas Sociales la entidad ejecutora del mismo.
La subvención para el proyecto «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas», se divide en dos actuaciones.
La primera de ellas tendrá como fin el mantenimiento del empleo en microempresas y empresas de emprendimiento colectivo, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuando se comprometan a facilitar la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital.
La segunda actuación pretende apoyar proyectos de emprendimiento de reciente creación, para favorecer su continuidad y se dirige a personas trabajadoras autónomas sin empleados por cuenta ajena cuyo proyecto empresarial no haya cumplido aún tres años de duración, y que desarrollen actuaciones encaminadas a facilitar la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital, para lo cual se compensan en parte los costes del mantenimiento del empleo de esa persona trabajadora autónoma.
En las subvenciones para el mantenimiento del empleo por cuenta ajena, podrán ser personas beneficiarias:
Las microempresas y personas trabajadoras autónomas que desarrollen su actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que tengan al menos un centro de trabajo en la misma y no cuenten con más de nueve trabajadores asalariados el día de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las cooperativas y sociedades laborales legalmente constituidas, con sus estatutos adaptados a la normativa vigente a la fecha de publicación del extracto de convocatoria, e inscritas en el registro público correspondiente, cuando proceda, que desarrollen su actividad empresarial en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, donde han de tener su domicilio social y al menos un centro de trabajo. En el caso de las cooperativas, deberán haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena, a los efectos de la Seguridad Social.
Estas subvenciones para el mantenimiento del empleo tendrán por objeto compensar en parte los costes salariales de las personas trabajadoras por cuenta ajena de la microempresa o de la persona autónoma, o de los socios-trabajadores o de trabajo de la empresa que sea beneficiaria, durante un plazo de seis meses desde la concesión, comprometiéndose la empresa beneficiaria a realizar en dicho plazo una actuación que facilite la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital.
La cuantía de la subvención será de 5.000 euros a tanto alzado por empresa beneficiaria.
En las subvenciones para el apoyo a la continuidad de proyectos de emprendimiento, podrán ser beneficiarias:
Las personas trabajadoras autónomas sin trabajadores asalariados, en situación de alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social o en una mutualidad de colegio profesional de Cantabria, siempre y cuando el período en que hayan cotizado ininterrumpidamente en el citado Régimen o mutualidad sea inferior a tres años contados desde la publicación del extracto de convocatoria en el BOE.
Esta línea de subvención tendrá por objeto compensar en parte los costes del mantenimiento del empleo de esa persona trabajadora autónoma, durante un plazo de seis meses desde la concesión, debiendo la persona beneficiaria realizar en dicho plazo una actuación que facilite la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital.
La cuantía de la subvención será también de 5.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
MÁS INFORMACIÓN EN EL TELÉFONO 012, DEL GOBIERNO DE CANTABRIA, Y EN LOS ENLACES: